Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-07-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090713-0270

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

LEGANÉS

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 28 de abril de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente la modificación de la base de actuación 14, apartado 2, de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución del Plan Parcial PP-2 “Ampliación del Portillo”, quedando su redacción como sigue:

“2.  Los terrenos de aprovechamiento privado, adjudicables a los miembros de la Junta, se valorarán, siempre que se cumplan los criterios establecidos en el artículo 87 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los siguientes criterios:

Los voluntariamente establecidos por la mayoría de los afectados.

En defecto de lo anterior, en base al valor básico de repercusión en el polígono catastral, corregido en función de la situación concreta dentro del mismo, siempre que su fijación se hubiera hecho con base en el plan de ejecución, en otro caso, las mencionadas parcelas se valorarán de acuerdo con el aprovechamiento real, con aplicación, en su caso, de los coeficientes de ponderación asignados a los diversos usos y tipologías edificatorias, así como criterios correctores por localización y características de los terrenos en orden a su edificación, si representaran un dato diferencial relevante.

A los efectos de lo establecido en el párrafo precedente se establecen como coeficientes de homogeneización o ponderación de los distintos usos y tipologías edificatorias los siguientes:

— Un metro cuadrado de edificabilidad de nave nido y/o mini almacén: 1.

— Un metro cuadrado de edificabilidad de industria y almacén: 1,4689878”.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y notificarla individualizadamente a todos los propietarios afectados por el sistema de actuación.

Tercero.—Remitir el presente acuerdo, junto con la documentación anexa pertinente, a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, al objeto de inscribir la presente modificación de las bases de actuación de la Junta de Compensación del Plan Parcial PP-2 “Ampliación del Portillo” en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras.

Lo que se publica para general conocimiento, significándose que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso­Administrativa, de 13 de julio de 1998, todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Leganés, a 24 de junio de 2009.—El concejal-delegado de Urbanismo e Industrias, Raúl Calle Galardo.

(02/8.214/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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