Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090713-0151

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 16 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.223 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Tomey Soria, contra la empresa “Intelligent Vídeo Backup & Restore Services, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 18 de junio de 2009, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia, se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice.

Donde dice:

“Hechos probados:

Cuarto.—Que el trabajador trabaja para otra empresa desde el 3 de diciembre de 2008, percibiendo un salario similar (confesión del actor).”

Debe decir:

“Hechos probados:

Cuarto.—Que el trabajador trabaja para otra empresa desde el 3 de noviembre de 2008, percibiendo un salario similar (confesión del actor).”

Donde dice:

«Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Rafael Tomey Soria, contra “Intelligent Vídeo Backup & Restore Services, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido… y satisfacer al actor, en todo caso, los salarios devengados y dejados de percibir durante el período comprendido desde el 10 de septiembre de 2008 hasta el 3 de diciembre de 2008, fecha en la que comenzó a trabajar para otra empresa, a razón de 69,44 euros/día.»

Debe decir:

«Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Rafael Tomey Soria, contra “Intelligent Vídeo Backup & Restore Services, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido… y satisfacer al actor, en todo caso, los salarios devengados y dejados de percibir durante el período comprendido desde el 10 de septiembre de 2008 hasta el 3 de noviembre de 2008, fecha en la que comenzó a trabajar para otra empresa, a razón de 69,44 euros/día.»

Y se ha dictado la resolución de fecha 18 de junio de 2009 del siguiente tenor literal:

Dispongo: Que debía declarar y declaraba extinguidas con esta fecha las relaciones laborales existentes entre don Rafael Tomey Soria y la empresa “Intelligent Vídeo Backup & Restore Services, Sociedad Limitada”, condenando a esta última a que abone a la parte actora la cantidad de 4.305 euros que se fija como indemnización por el concepto dicho, así como, además, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha en la que comenzó a trabajar para otra empresa, a razón de los declarados probados en aquella, que se cifran en 3.819,20 euros.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Intelligent Vídeo Backup & Restore Services, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.854/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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