Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-07-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090713-0091

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

TORRES DE LA ALAMEDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Mediante decreto de Alcaldía 723 de 2009, de 26 de junio, del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, se ha procedido a la asignación de retribuciones exclusivas y parciales de los concejales-delegados de la siguiente forma:

1.  Las personas con dedicación exclusiva serán las que se citan a continuación; se mencionan, asimismo, las retribuciones correspondientes:

— Doña Clara Torre Ruiz: 40.799,92 euros brutos anuales.

— Don Valentín Márquez Romero: 40.799,92 euros brutos anuales.

— Don Ramón Polo Martínez: 30,587,76 euros brutos anuales.

— Don Raúl Cristóbal Barranco: 30.587,76 euros brutos anuales.

2.  El resto de concejales-delegados ostentarán la condición de miembros con dedicación parcial, ostentando una retribución anual de 8.199,84 euros brutos anuales cada uno. Estas retribuciones corresponderán a cada una de las siguientes personas:

— Don Manuel Tello Gordillo.

— Don Ángel Ropero de la Peña.

— Doña Manuela Gismero García.

— Don José Luis Heredia Martínez.

Para tener la condición de concejal con dedicación parcial será además preciso cumplir un régimen mínimo de cuatro horas de dedicación al día en días laborales.

3.  El resto de concejales que no ostenten la condición de dedicación exclusiva o parcial no percibirán ningún tipo de retribución.

4.  Los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva o parcial percibirán catorce pagas, correspondiendo una a cada mes del año; percibirán, asimismo, dos pagas extraordinarias, correspondientes a los meses de junio y diciembre, siendo el resto de régimen regulador el aplicable a los funcionarios del Ayuntamiento.

En Torres de la Alameda, a 29 de junio de 2009.—La alcaldesa-presidenta, Clara Torre Ruiz.

(03/22.354/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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