Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-07-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090713-0081

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MORALEJA DE ENMEDIO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos y de compañía y de los animales potencialmente peligrosos, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

“Art. 39.  Prohibiciones de acceso a animales.—Salvo en el caso de perros-guía, queda expresamente prohibida la entrada y permanencia de animales en locales o recintos de espectáculos públicos, deportivos y culturales, así como en todos los organismos oficiales, salvo en aquellos casos en que, por la especial naturaleza de los mismos, sea imprescindible su compañía por motivos de seguridad y otros.

En los parques o instalaciones públicas distintas de las señaladas anteriormente, los propietarios podrán acceder a los mismos y circular con los animales siempre y cuando vayan provistos de correa, cadena o arnés, adecuado al peso y a las condiciones del animal y con la placa de identificación censal. Queda expresamente prohibido el acceso, estancia y circulación a las zonas infantiles las cuales deberán estar debidamente separadas o señalizadas. Asimismo, queda prohibido que los animales beban en las fuentes públicas.”

Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Moraleja de Enmedio, a 24 de junio de 2009.—El alcalde en funciones, Ricardo Godino Marqués.

(03/22.288/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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