Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090713-0198

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria de lo social del número 35 de los de Madrid y su provincia.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de doña Roxán Cortés Pasicolan, doña Delia Tagara Nepomuceno y doña Joan Paculan Reoddica, contra “Tabernarios, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, registrado con el número 242 de 2009 y acumuladoslos números 246 de 2009 y 248 de 2009, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 288 de 2009

En Madrid, a 16 de junio de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social del número 35 de los de Madrid, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número D-242 de 2009 y acumulados los números 246 de 2009 y 248 de 2009, seguidos a instancias de doña Roxan Cortés Pasicolan, doña Delia Tagara Nepomuceno y doña Joan Paculan Reoddica, que comparecen asistidas del letrado don Amadeo Provencio Arranz, y de la otra, como demandados, “Tabernarios, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron al acto de juicio, en reclamación sobre despido, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando como estimo las demandas de despido formuladas por las actoras doña Roxán Cortés Pasicolan, doña Delia Tagara Nepomuceno y doña Joan Paculan Reoddica, contra “Tabernarios, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro el despido improcedente, con condena a la demandada a pagar a cada una de las actoras las siguientes indemnizaciones:

A doña Roxán Cortés Pasicolan: 216,90 euros y, asimismo, al estar ya extinguida su relación laboral con efectos del 5 de febrero de 2009, a los salarios de tramitación desde el 4 de enero de 2009 al 5 de febrero de 2009 por importe de 27,11 euros/día.

Respecto a doña Delia Tagara Nepomuceno y doña Joan Paculan Reoddica, al devenir imposible la readmisión, se declara extinguida la relación laboral a fecha de la presente resolución, con condena a la demandada al pago, respectivamente, de las siguientes indemnizaciones:

A doña Delia Tagara: 3.587,28 euros.

A doña Joan Paculan: 2.497,13 euros.

En todo caso a los salarios de tramitación devengados desde el 5 de enero de 2009 a la fecha de esta sentencia (16 de junio de 2009), a razón de un salario/día respectivo de 32,02 euros y 31,60 euros.

Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2808/0000/00/0242/09 en “Banco Es­pañol de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a “Tabernarios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

Madrid, a 23 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.026/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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