Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-07-2009

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090710-0069

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Audiencia Provincial de Madrid

Sección Duodécima

EDICTO

Doña Carmen Pérez Rodríguez, secretaria de la Administración de Justicia con destino en la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Doy fe: Que en el rollo de apelación número 708 de 2007 de esta Sección, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 818

Ilustrísimos señores magistrados: doña María Jesús Alia Ramos, don Fernando ­Herrero de Egaña, don Octavio de Toledo y doña Margarita Orejas Valdés.—En Madrid, a 20 de noviembre de 2008.

La Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, ha visto en grado de apelación, los autos de juicio verbal 500 de 2002, del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid, seguido entre partes: de una, como apelante, “Consorcio de Compensación de Seguros”, representado por el abogado del Estado, y de la otra, como apelados, “Reale Seguros Generales, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Blanca Berriatúa Horta; “Pelayo Mutua Seguros y Reaseguros a Prima Fija”, representado por el procurador don Julio Antonio Tinaquero Herrero, y don Julián Ruiz Sayago, sin profesional asignado, sobre procedimiento especial de tráfico.

Fallamos

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por el abogado del Estado, en representación del “Consorcio de Compensación de Seguros”, contra la sentencia dictada por la ilustrísima señora magistrada-juez del Juzgado de primera instancia nú­mero 72, de Madrid, con fecha de 30 de abril de 2003, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, con imposición de costas a la parte apelante.

Devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia, acompañados de certificación literal de esta resolución para su cumplimiento y ejecución.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal el rollo de Sala, y se notificará a las partes, conforme preceptúa el artículo 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo testimoniado concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para que conste y sirva de notificación al demandado-apelado incomparecido don Julián Ruiz Sayago, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de febrero de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/7.910/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090710-0069