Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090710-0110

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 5 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Sotorra Campodarve, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 197 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Fernanda Lantes Suárez, contra la empresa “Fondo de Formación Centro, Sociedad Limitada Laboral”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia, se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice.

En el fallo de la sentencia, en donde pone: “Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña María Fernanda Lantes Suárez, debo condenar y condeno a don Rafael Ramón Ponce Ramírez a abonar a la parte actora la cuantía de 6.000,05 euros en concepto de salarios, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora, absolviendo a la Tesorería General de la Seguridad Social, doña Milagros Alonso Castellanos, don Inocencio Carazo González y el Fondo de Garantía Salarial de los pedimentos efectuados en su contra en los términos anteriormente expuestos en el fundamento cuarto”; deberá decir: «Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña María Fernanda Lantes Suárez, debo condenar y condeno a “Fondo de Formación Centro, Sociedad Limitada Laboral”, a abonar a la parte actora la cuantía de 6.000,05 euros en concepto de salarios, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora, absolviendo a la Tesorería General de la Seguridad Social, doña Milagros Alonso Castellanos, don Inocencio Carazo González y el Fondo de Garantía Salarial de los pedimentos efectuados en el fundamento cuarto», quedando el resto de su contenido de la sentencia en los mismos términos.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Ángela Mostajo Veiga.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fondo de Formación Centro, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de junio 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.775/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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