Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-07-2009

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090710-0015

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Tribunal Superior de Justicia
de Catalunya

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

En el rollo de sala número 64/2008, en materia de recursos de suplicación, formados a instancias de “Instaclack Internacional, Sociedad Anónima”, contra “Adecco ETT, Sociedad Anónima”, don Francisco Javier Burillo Herranz, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Mutua “Fremap”; la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya dictó la siguiente resolución:

Fallamos

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por “Instaclack Internacional, Sociedad Anónima”, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 3 de Barcelona, de fecha 24 de mayo de 2007, autos número 694 de 2006, por recargo de prestaciones, debemos confirmar la resolución administrativa impugnada en toda su extensión.

Contra esta sentencia cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que deberá prepararse ante esta Sala en los diez días siguientes a la notificación, con los requisitos previstos en los números 2 y 3 del artículo 219 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y a fin de que sirva de notificación a don Francisco Javier Burillo Herranz, cuyo domicilio actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

En Barcelona, a 8 de junio de 2009.—La secretaria judicial de Sala (firmado).

(03/20.812/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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