Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090707-0198

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 27 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 314 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Plaza Martínez y doña Rosa Vila Rodríguez, contra la empresa “Marineros de Asturies 2007, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 203 de 2009

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—Doña Concepción del Brío Carretero, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 27 del Juzgado y localidad o provincia de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido entre partes: de una y, como demandantes, don Antonio Plaza Martínez y doña Rosa Vila Rodríguez, y de otra, como demandada, “Marineros de Asturies 2007, Sociedad Limitada”, que no compareció, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Antonio Plaza Martínez y doña Rosa Vila Rodríguez, contra “Marineros de Asturies 2007, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido causado a los actores con efectos de 19 de enero de 2009 y siendo imposible la readmisión por cese y cierre de actividad se declara la extinción de la relación laboral entre partes con fecha de efectos de esta resolución, condenando a la empresa demandada a que abone a los demandantes en concepto de indemnización y de salarios de tramitación, respectivamente, las cantidades siguientes.

A don Antonio Plaza Martínez: 10.315,35 euros y 4.584,60 euros.

A doña Rosa Vila Rodríguez: 9.551,25 euros y 4.584,60 euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2525 que tiene abierto en el “Banesto”, Madrid-Urbana, calle Orense, número 19, 28020 Madrid código entidad 0030, código oficina 1143 (haciendo constar en el ingreso el número de expediente y el año).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Marineros de Asturies 2007, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.702/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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