Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-07-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090707-0127

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

VILLANUEVA DEL PARDILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

Por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 18 de junio de 2009 han sido aprobados los padrones fiscales del ejercicio 2009 correspondientes a los impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, así como el correspondiente al impuesto sobre actividades económicas.

Se establece como plazo de pago en período voluntario del 17 de agosto al 31 de octubre de 2009 (ambos inclusive).

Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público.

Haciéndose constar que se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo adviertan; todo ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la vigente Ley General Tributaria.

Dichos padrones se expondrán al público por un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.

Se advierte que transcurrido el plazo de ingreso las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos ejecutivos que procedan, los intereses de demora y, en su caso, las costas que procedan, conforme lo previsto en los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.

Para aquellos contribuyentes que hayan optado por la forma de pago mediante domiciliación bancaria, beneficiándose de un 3 por 100 del importe del recibo, se les advierte que su cargo se efectuará el primer día del período voluntario antes citado.

En Villanueva del Pardillo, a 24 de junio de 2009.—El alcalde, Juan González Miramón.

(02/7.854/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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