Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090702-0070
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D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Intentada sin efecto la práctica de las notificaciones en los domicilios de sus destinatarios de las resoluciones adoptadas por el Director General de Medio Ambiente, del procedimiento sancionador que se relacionan en el Anexo, iniciado al efecto por infracción administrativa a la normativa vigente en materia de Protección Animal, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992). La Resolución sancionadora no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la presente publicación, ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (calle Jorge Juan, número 35, 28001 Madrid, o ante el Director General de Medio Ambiente (calle Princesa, número 3, 28008 Madrid), o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo previsto en los artículos 107, 114 y 115 de dicha Ley. En el supuesto de que no se interponga el referido recurso, puede hacerse efectivo el importe de la multa mediante ingreso directo en la cuenta restringida número 2038/1031/59/6400007120, denominada “Otras sanciones-Sanciones sanidad animal” de la Comunidad de Madrid, abierta en la Oficina de “Caja Madrid”, paseo de las Delicias, número 6, de esta capital, haciendo referencia al número de expediente reseñado en el Anexo. El justificante o resguardo del ingreso deberá remitirse, o presentarse, en el plazo de diez días siguientes al mismo, a la Dirección General de Medio Ambiente (Área de Gestión y Coordinación, ronda de Atocha, número 17, sexta planta), para su debida constancia en el expediente, el cual no se estimará concluso sin el cumplimiento de este requisito imprescindible. Teniendo en cuenta el tratamiento informático de datos de carácter personal, le informamos de que el expediente en cuestión obra en las dependencias de esta Dirección General (ronda de Atocha, número 17, 28012 Madrid). Los datos personales contenidos en este documento serán tratados informáticamente en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante esta Dirección General como responsable de los mismos. Igualmente, podrán ser cedidos a cuantas instituciones u organismos proceda, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente. Madrid, a 14 de abril de 2009.—El Director General de Medio Ambiente, PDF (Resolución de 20 de febrero de 2009), el Subdirector General de Agricultura y Alimentación, Jesús Carpintero Hervás. ANEXO ÚNICO NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN Imputado. — NIF. — Último domicilio conocido. — Expediente. — Órgano competente para resolver y norma que le atribuye tal competencia Jonatan García Roig. — 53496233-G. — Calle Canarias, número 19, 28700 San Sebastián de los Reyes (Madrid). — 04/PA-93/07 bis. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 13.1.b) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, calificada como muy grave. — Competente el Director General de Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.7 de la Ley 50/1999, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. Julio García González. — 9036790-K. — Calle La Coruña, número 9, 28804 Alcalá de Henares (Madrid). — 04/PA-503/08. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 13.1.b), de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, calificada como muy grave. — Competente el Director General de Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.7 de la Ley 50/1999, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. Zaida Corrales Cantos. — 52891322-Q. — Calle Lliada, número 21, primero 1, 28022 Madrid. — 04/PA-897/06. — Dos infracciones administrativas tipificadas, la primera en el artículo 13.1.b), de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y la segunda en el artículo 13.1.d) de la misma Ley, calificadas ambas como muy graves. — Competente el Director General de Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.7 de la Ley 50/1999, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. María Ascensión Jiménez Fernández. — 7237203-T. — Calle Fuente Elvira, número 13, bajo A, 28270 Colmenarejo (Madrid). — 04/PA-514/07. — Dos infracciones administrativas tipificadas, la primera en el artículo 13.1.b), de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y la segunda en el artículo 13.2.a) de la misma Ley, calificada la primera como muy grave, y la segunda como grave. — Competente el Director General de Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.7 de la Ley 50/1999, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. Romina Gisella Riveros Pérez. — X-792928-A. — Calle La Loma, número 2, 28816 Camarma de Esteruelas (Madrid). — 04/PA-484/07. — Dos infracciones administrativas tipificadas, la primera en el artículo 13.1.b), de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y la segunda en el artículo 13.2.a) de la misma Ley, calificada la primera como muy grave y la segunda como grave. — Competente el Director General de Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.7 de la Ley 50/1999, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. María Ángeles Sánchez Núñez. — 51901986-W. — Calle Puerto del Milagro, número 6, escalera 9, 14 A, 28018 Madrid. — 04/PA-85/08. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 13.1.b), de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, calificada como muy grave. — Competente el Director General de Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.7 de la Ley 50/1999, reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. Anabel Mas Madera, Sociedad Limitada. — B-83208033. — Calle Cañada, 4, 28860 Paracuellos de Jarama (Madrid). — 04/PA-300/07. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 24.2.a), de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como grave. — Competente el Director General de Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección Animales Domésticos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. Manuel Sánchez Serrano. — 7483020-Q. — Calle Moreras, número 105, tercero izquierda. — 28300 Aranjuez (Madrid). — 04/PA-157/07. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 24.2.c) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como grave. — Competente el Director General de Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid. (01/2.310/09) |