Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-07-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090701-0080

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 6 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Sirviente Rodrigo, contra la empresa “Servicios y Proyectos Avanzados, Sociedad Anónima”, doña Myriam Ainhoa del Carré Díez y don Juan José Galiana Agüera, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 38 de 2009.

En nombre del Rey.—En Madrid, a 12 de febrero de 2009.

Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez en sustitución del Juzgado de lo social número 1 de Madrid, los presentes autos, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, don Juan Carlos Sirviente Rodrigo, asistido por el letrado don Enrique Oltra Martínez, y de otra, como demandados, “Servicios y Proyectos Avanzados, Sociedad Anónima”, y la administración concursal, en las personas de doña Myriam Ahinoa del Carré Díaz y don Juan José Galiana Agüera, que no comparecen, con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparece.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Carlos Sirviente Rodrigo, contra “Servicios y Proyectos Avanzados, Sociedad Anónima”, y la administración concursal, en las personas de doña Myriam Ahinoa del Carré Díaz y don Juan José Galiana Agüera, debo condenar y condeno a la empresa a que abone al actor la suma de 20.312,31 euros, más un interés del 10 por 100 en concepto de mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en el “Banco Español de Crédito” (Banesto), entidad 0030, oficina 1143, dígito de control 50, el número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/65/0006/08, en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios y Proyectos Avanzados, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.158/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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