Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090630-0300
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE HUELVA EDICTO El secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Huelva. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 51 de 2009, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de don José Antonio Gómez Martín, contra Fondo de Garantía Salarial e “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, en la que con fecha 2 de junio de 2009 se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente: Resuelvo: Decreto el embargo de los saldos que existan en cada momento en las cuentas corrientes, depósitos y libretas de ahorro que la ejecutada “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, tenga abiertas en las entidades “Caja de Madrid” y “Banco Popular, Sociedad Anónima”. Igualmente, decreto el embargo de las cantidades que por cualquier concepto tenga pendientes de percibir la ejecutada de las empresas “Huelva Santa Zita, Sociedad Limitada”, “Hormafor, Sociedad Limitada”, y el Ayuntamiento de Zufre, todo ello en cuantía suficiente a cubrir la suma del principal reclamado, 14.313,98 euros, más 2.800 euros presupuestadas para intereses y costas. Líbrense los correspondientes oficios para que las referidas entidades transfieran dichos importes a la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto”, de esta ciudad, código entidad 0030, codigo oficina 4130, bajo el número 1920/0000/64/0051/09 de cuenta/expediente. Y para que sirva de notificación en forma a “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Así por este auto lo acuerdo, mando y firmo en Huelva, a 2 de junio de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/19.917/09) |

