Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090626-0082
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 5 DE MADRID EDICTO Doña Francisca Santos Olmo Martínez, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Madrid. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 241 de 2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Sentencia número 255 de 2007 Que se pronuncia en nombre de Su Majestad el Rey, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional que la Constitución y el pueblo otorgan.—En Madrid a 2 de junio de 2009. Doña Carmen Valcarce Codes, magistrada-juez de instrucción del número 5 de esta localidad y su partido judicial, ha visto y oído los autos de juicio verbal de faltas número 241 de 2007, en los que se ha formulado denuncia contra doña Sonia Abellán González, interviniendo también el ministerio fiscal en representación de la acción pública. Fallo Que debo condenar y condeno a doña Sonia Abellán González, como autora responsable de una falta antes descrita de hurto, a la pena de un mes de multa, con cuota diaria de 6 euros. Si resultare insolvente, cumplirá un día de privación de libertado por cada dos cuotas diarias impagadas. En caso de impago de la multa se cumplirá un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas. Impongo a la condenada, asimismo, el pago de las costas procesales, si las hubiera. Únase la presente sentencia al libro correspondiente, dejando testimonio de ella en el procedimiento de referencia. Entréguese copia de la misma a las partes. Así lo pronuncia, manda y firma doña Carmen Valcarce Codes, magistrada-juez de instrucción. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Sonia Abellán González, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 2 de junio de 2009.—El secretario (firmado). (03/20.000/09) |

