Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090626-0188

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 27 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 212 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José López Martín, contra don José Manuel Pérez Cidre, don José Pérez Laso, “Cidre System Línea 3, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 176 de 2009

En Madrid, a 20 de mayo de 2009.—Doña Concepción del Brío Carretero, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 27 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Juan José López Martín, y de otra, como demandados, don José Manuel Pérez Cidre, don José Pérez Laso, “Cidre System Línea 3, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que desestimando la demanda interpuesta por don Juan José López Martín, contra “Cidre System Línea 3, Sociedad Limitada”, sobre resolución de contrato, debo absolver y absuelvo a la demandada de las peticiones contra ella formuladas.

Estimando la demanda interpuesta por don Juan José López Martín, contra “Cidre System Línea 3, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia del despido causado al actor con efecto de 6 de febrero de 2009, y siendo imposible la readmisión por cese y cierre de actividad, se declara la extinción de la relación laboral entre las partes con fecha de efectos de esta resolución, condenando a la empresa demandada a que abone al actor las siguientes cantidades en concepto de indemnización y de salarios de tramitación.

Indemnización: 27.833,63 euros.

Salarios de tramitación: 5.662,94 euros.

Absolviendo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponderle conforme a la legislación vigente.

Se ratifica el desistimiento del actor respecto de su demanda por despido formulada contra las personas físicas don José Manuel Pérez Cidre y don José Pérez Laso.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 2525 que tiene abierta en “Banesto”, urbana de la calle Orense, número 19, 28020 Madrid (código entidad 0030, código oficina 1143), haciendo constar en el ingreso el número de expediente y el año.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Manuel Pérez Cidre y “Cidre System Línea 3, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el .

En Madrid, a 20 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.646/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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