Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-06-2009

Sección 2.110.40.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090624-0020

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Delegación de Economía y Hacienda de Madrid

Por la presente se notifica al contribuyente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), al no haber podido realizarse la notificación en el domicilio que figura en los documentos existentes en esta Delegación. Por lo que se hace saber:

En relación con la solicitud de aplazamiento/fraccionamiento de pago de la deuda abajo indicada, a nombre de “Gavizon Giuseppe 00602713R, SLNE”, con código de identificación fiscal número B-84057645, se le requiere para que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, aporte en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al recibo de esta notificación, los datos y/o documentos que se indican expresamente señalados con un aspa:

Si se solicita dispensa total o parcial de garantía

(X) Justificación documental de la imposibilidad de obtener aval de entidad de crédito (al menos de tres entidades distintas), o certificado de seguro de caución en las que consten las gestiones efectuadas para su obtención.

(X) Copia de TC-2 de los últimos tres meses.

(X) Plan de viabilidad y cualquier otra información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

La falta de aportación de la anterior documentación en el plazo de diez días, contados a partir de la notificación de este requerimiento, que deberá remitirse a la Delegación de Economía y Hacienda, calle Guzmán el Bueno, número 139, tercera planta, despacho 323, 28071 Madrid, determinará tenerle por no presentada su solicitud, archivándose la misma sin más trámite, lo que conllevaría exigir dicha deuda por la vía de apremio mediante la notificación de la oportuna providencia de apremio, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 46.6 del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Concepto: multas y sanciones tributarias.

Referencia contable: 00028-2009-0-001638-9.

Fecha plazo para el pago en período voluntario: 5 de marzo de 2009.

Importe: 12.022 euros.

Madrid, a 1 de junio de 2009.—El delegado de Economía y Hacienda, Juan Antonio Martínez Menéndez.

(02/6.780/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.40.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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