Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090622-0203
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 59 DE MADRID EDICTO En el procedimiento de juicio verbal número 1.708 de 2007, sobre otras materias, se ha procedido a dictar auto de aclaración de fecha 30 de marzo de 2009, aclarando la sentencia de fecha 20 de marzo de 2009, del siguiente tenor literal: Auto Magistrada-juez de primera instancia, doña Begoña Álvarez García.—En Madrid, a 30 de marzo de 2009. Dada cuenta; el anterior escrito del procurador don Juan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza de fecha 26 de marzo de 2009 únase a los autos de su razón, y visto el estado procesal que mantienen estas actuaciones es procedente dictar la presente resolución en base a los siguientes: Antecedentes de hecho: Primero.—En el presente procedimiento se ha dictado sentencia de fecha 20 de marzo de 2009, que ha sido notificada a las partes. Segundo.—La referida resolución contiene el siguiente error: en el fundamento de derecho primero y en el fallo aparece como cantidad la de “720,93 euros”. Fundamento de derecho: Único.—El artículo 214.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, después de proclamar el principio de que los tribunales no podrán variar sus resoluciones una vez firmadas, permite, sin embargo, en el apartado 3, rectificar errores materiales manifiestos o errores aritméticos que se hubieran podido cometer, rectificación que puede tener lugar en cualquier tiempo. En el presente caso el error,ahora advertido es manifiesto, como se desprende de la simple lectura de los autos, por lo que procede su rectificación. Parte dispositiva: Se rectifica el fundamento de derecho primero y el fallo de la sentencia, en el sentido de que donde se dice: “720,93 euros”; debe decir: “713,38 euros”. Así lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario (firmado).—La magistrada-juez de primera instancia (firmado). Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado rebelde don Bamba Mamadou, extiendo el presente para que sirva de cédula de notificación en legal forma. En Madrid, a 30 de marzo de 2009.—La secretaria (firmado). (02/7.010/09) |

