Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-06-2009

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090619-0298

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 6 de mayo de 2009, de la Dirección General del

Habiéndose recibido en esta Dirección General del Medio Ambiente denuncias interpuestas por supuesto abandono de animales, en las que no habiendo sido posible la notificación del requerimiento a los propietarios de los animales para la recogida de los mismos, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en el Anexo Único. Indicándose que en el caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, los animales se considerarán abandonados de acuerdo con lo dis­puesto en el artículo 29 del Decreto 44/1991, de 30 de mayo, de Protección de Animales y Plantas (Reglamento de la Ley 1/1990, de Protección de Animales Domésticos), y se procederá a la tramitación del correspondiente expediente sancionador, estando considerado el abandono de animales como una infracción muy grave.

Madrid, a 6 de mayo de 2009.—El Director General del Medio Ambiente, PDF (Resolución de 17 de abril de 2009, el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás.

ANEXO ÚNICO

Imputado. — Último domicilio conocido. — Municipio. — Número de expediente. — Identificación del animal y dirección del Centro de Acogida donde se encuentra el animal. — Presunta infracción. — Órgano competente para imponer la sanción y norma que le atribuye
 tal competencia

Esther Gertruida Blanco Hof. — Calle del Medio, número 26, Aldea del Fresno (Madrid). — 10/PA-0036/09. — Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 985120022220245, de su propiedad, en el Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid (CIAAM), ubicado en la carretera de Colmenar Viejo a Guadalix de la Sierra, kilómetro 1,800, Colmenar Viejo (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Jana Azagra Benítez. — Calle Alemania, número 175, Illescas (Toledo). — 10/PA-0208/09. — Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 941000002362673 de su propiedad, en el CPA de Parla, ubicado en la calle Bruselas, número 4, de Parla (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

R. García Amor. — Calle Cuenca, número 7 Ribatejada (Madrid). — 10/PA-0264/09.  Depositado un animal de la especie canina, Rotweiller, identificado con el código 977200001476551, de su propiedad, en la Asociación para la Liberación y el Bienestar Animal (ALBA), ubicada en el camino de la Granja, sin número, Ca­mareta de Esteruelas (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Ismael Antoral Plaza. — Plaza Vázquez de Coronado, número 4, Alcalá de Henares (Madrid). — 10/PA-0265/09. — Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 985120021900977, de su propiedad, en el Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid (CIAAM), ubicado en la carretera de Colmenar Viejo a Guadalix de la Sierra, kilómetro 1,800, Colmenar Viejo (Madrid). — En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. — Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

(03/18.506/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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