Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090619-0178
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D) Anuncios Consejería de Empleo y Mujer
Examinado el texto de la revisión salarial del Sector de Torrefactores de Café y Fabricantes de Sucedáneos, suscrita por la comisión paritaria el día 25 de marzo de 2009, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 6.1.a) del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta Dirección General, RESUELVE 1.o Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo. 2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 21 de abril de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría. ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TORREFACTORES DE CAFÉ Y FABRICANTES DE SUCEDÁNEOS PARA LA COMUNIDAD DE MADRID En Madrid, siendo las dieciséis y treinta horas del día 25 de marzo de 2009, se reúnen, de una parte, la representación sindical de las Federaciones Agroalimentarias de CC OO y UGT, y de otra, la Asociación Madrileña de Industrias del Café, para tratar de la revisión salarial para el segundo año de vigencia del convenio colectivo del sector. Abierta la sesión, y tras las deliberaciones correspondientes, las partes adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos: Primero.—La comisión paritaria queda constituida, de parte sindical, por la Federación Regional Agroalimentaria de Madrid de UGT, representada por don Santos Oejada Manzano, y por la Federación Regional Agroalimentaria de Madrid de CC OO, representada por don Luis Lunar Moreno y don Francisco José Muñoz Murillo, y de parte empresarial, en su representación y como letrado-asesor de la Asociación Madrileña de Industriales del Café, don Conrado López Gómez. Segundo.—Aprobar las tablas salariales que regirán desde el 1 de abril de 2009 hasta el 31 de marzo de 2010, que se acompañan y cuyo incremento ha sido del 1,65 por 100 sobre las del año anterior, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta del convenio colectivo. Tercero.—Las partes comparecientes facultan a uno cualquiera de los intervinientes o al letrado-asesor de la parte empresarial, don Conrado López Gómez, para que procedan a realizar los trámites de inscripción, registro y publicación del presente convenio colectivo, así como a subsanar los errores materiales que pudieran observarse. Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento. TABLA SALARIAL 01-04-2009 A 31-03-2010 (03/14.701/09) |