Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-06-2009

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090619-0004

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

2027 RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2009, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área C), se publica la relación de aspirantes excluidos y se anuncia el plazo para la presentación de la documentación acreditativa de los méritos de la fase de concurso del citado proceso selectivo.

Mediante la Orden de 8 de mayo de 2008, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 22 de mayo; correcciones de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de los días 29 de mayo y 11 de julio de 2008), se convocaron pruebas selectivas de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área C).

Posteriormente, por Resolución de 13 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de noviembre), que fue corregida mediante Resolución de 10 de diciembre de 2008, de dicha Dirección General (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de diciembre), se aprobaron las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos con carácter provisional al referido proceso selectivo.

Una vez transcurrido el plazo reglamentario establecido para la subsanación de defectos, con arreglo a lo previsto en la Base 4.2 de la convocatoria y efectuadas las comprobaciones pertinentes, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero

Aprobar las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las citadas pruebas selectivas, que serán expuestas en los tablones de anuncios de la Dirección General de Función Pública de la Comunidad de Madrid, así como en los del Registro General de la Comunidad de Madrid, del Registro Auxiliar de dicho Registro General y de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo II de esta Resolución.

Segundo

Publicar la relación definitiva de aspirantes excluidos, que se incorpora como Anexo I a la presente Resolución.

Tercero

En cumplimiento de lo establecido en el último párrafo de la base 6.1 de la Orden de convocatoria, los aspirantes que figuren en el listado definitivo de admitidos deberán alegar y acreditar documentalmente sus méritos en materia de experiencia profesional y formación específica, en el plazo habilitado a tal efecto por el Tribunal Calificador, siendo este el comprendido entre los días 22 de junio y 31 de julio de 2009, ambos inclusive.

Los méritos se valorarán siempre con referencia al último día del plazo de presentación de solicitudes de participación en este proceso selectivo (11 de junio de 2008).

En ningún caso serán objeto de valoración los méritos no acreditados documentalmente en plazo, de modo que no será tomada en consideración ni producirá efecto alguno toda aquella documentación que se hubiera aportado con carácter previo al período señalado anteriormente o que se aportase con posterioridad al mismo.

Cuarto

A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, los aspirantes deberán presentar escrito al que adjuntarán la documentación que proceda, en la forma indicada en el Anexo II de la Orden de convocatoria.

Dicha documentación se presentará en los Registros citados en el Anexo II de la presente Resolución, así como en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e irá dirigida al Tribunal Calificador del proceso selectivo de promoción profesional específica para acceder a la categoría de Auxiliar de Control e Información, el cual ha designado como sede a estos efectos la Dirección General de Función Pública de la Comunidad de Madrid (plaza del Conde del Valle de Suchil, número 20, primera planta, 28015 Madrid).

Quinto

Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer reclamación previa a la vía judicial laboral ante la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 53.7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Dado en Madrid, a 9 de junio de 2009.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.

ANEXO I

PRUEBAS SELECTIVAS DE PROMOCIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA PARA EL ACCESO
A PLAZAS DE CARÁCTER LABORAL DE LA CATEGORÍA DE AUXILIAR DE CONTROL E INFORMACIÓN
(GRUPO V, NIVEL 2, ÁREA C)

Listado definitivo de excluidos

Código y descripción de la causa de exclusión

A: No constar la fecha de presentación en la instancia o presentarla fuera de plazo.

B: No acreditar dentro del plazo establecido en la convocatoria el pago íntegro de los derechos de examen o su exención del mismo.

C: No presentar con la instancia la certificación (Anexo III), a la que se refiere la base 2.3 de la convocatoria o no haber aportado el original de la misma.

D: No pertenecer a la categoría profesional que sea inmediatamente inferior a aquella a la que se pretende acceder, dentro de la misma área funcional.

E: No ostentar la condición de trabajador laboral fijo de la Comunidad de Madrid o no encontrarse en situación de servicio activo o con el contrato suspendido con reserva de puesto de trabajo.

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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