Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090618-0301
Páginas: 0
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MORALZARZAL OTROS ANUNCIOS El alcalde-presidente, con fecha 30 de julio de 2008, ha dictado la siguiente resolución: Al amparo de lo dispuesto en los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la relación de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no han renovado la inscripción padronal periódica cada dos años, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, a pesar de habérseles notificado o intentada la notificación en, al menos, dos ocasiones. Ante tal falta de renovación, se declara la caducidad de la inscripción padronal y se dispone proceder a la baja definitiva del Padrón Municipal de Habitantes, con fecha de efectos de la publicación de la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de los siguientes extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, en relación con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer, con carácter potestativo y en el plazo de un mes, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Juzgado de lo Contencioso en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. Moralzarzal, a 27 de mayo de 2009.—El secretario, Santiago Perdices Rivero. (02/6.609/09) |