Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-06-2009

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090615-0012

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Audiencia Provincial de Madrid

Sección Duodécima

EDICTO

Doña Carmen Pérez Rodríguez, secretaria de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Duodécima.

Doy fe: Que en el rollo número 989 de 1996 de esta Sección se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 128

Ilustrísimos señores magistrados: don José Vicente Zapater Ferrer, don César Uriarte López y don Eduardo Pérez López.—En Madrid, a 26 de abril de 1999.

Visto por la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, integrada por los magistrados anteriormente expresados, el presente rollo de apelación número 989 de 1996, dimanante de los autos de juicio de cognición número 1.099 de 1994, seguidos en el Juzgado de primera instancia número 48 de Madrid, a instancias de doña Dolores Bravo Mateo, contra don Félix de Frutos Ortega y doña María Sebastián Delgado y sobre reclamación de cantidad; habiendo sido partes en este recurso la mencionada demandante, como apelada, representada por el procurador don Manuel Francisco Ortiz Apodaca García, y el referido demandado, como apelante, en su propio nombre y representación, encontrándose la demandada-apelada en estrados sin representación ni defensa en esta alzada por su incomparecencia.

Fallamos

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por el demandado don Félix de Frutos Ortega, contra la sentencia dictada el 19 de febrero de 1996 por la magistrada-juez de primera instancia del número 48 de Madrid en el juicio de cognición número 1.099 de 1994, del que este rollo dimana, y promovido por el procurador don Francisco Manuel Ortiz de Apodaca, en nombre y representación de doña Dolores Bravo Mateo, contra el referido apelante y contra doña María Sebastián Delgado, que no ha comparecido en ninguna de las dos instancias y en reclamación de cantidad, debemos revocar y revocamos parcialmente la sentencia apelada y, en su lugar, estimando en parte la reseñada demanda inicial del procedimiento, debemos condenar y condenamos a la demandada doña María Sebastián Delgado a que abone a la actora doña Dolores Bravo Mateo la cantidad de 451.730 pesetas, intereses legales desde la interposición de la demanda y los del artículo 921 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la sentencia de instancia, así como las costas causadas a la actora, y debemos desestimar y desestimamos la demanda deducida contra don Félix de Frutos Ortega, al que absolvemos de todos los pedimentos de la demanda contra él y no hacemos especial declaración de las costas causadas por el mismo en la instancia, como tampoco la hacemos en cuanto a las del presente recurso. Notifíquese en legal forma la presente, en especial a la codemandada en rebeldía.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala y se notificará a las partes conforme preceptúa el artículo 284.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciéndole saber que contra ella no cabe recurso ordinario alguno, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. — Rubricado.

Lo testimoniado concuerda bien y fielmente con su original al que me remito, y para que conste y sirva de notificación a doña María Sebastián Delgado Guerrero, expido el presente edicto que permanecerá expuesto diez días en el tablón de anuncios de esta Sección y será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de abril de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/6.635/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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