Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090615-0078

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 386 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ahmed Benallale, contra don Carlos Velando Beceiro y “Carlos Velando Beceiro, Sociedad Limitada, Nueva Empresa”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda de despido entablada por don Ahmed Benallale, contra don Carlos Velando Beceiro, y “Carlos Velando Beceiro, Sociedad Limitada, Nueva Empresa”, declaro improcedente el despido del demandante objeto de este procedimiento, condenando a los demandados de forma solidaria a readmitir al actor en las mismas condiciones existentes con anterioridad al despido de 3 de febrero de 2009, o bien a su elección, manifestada en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución ante este Juzgado, a abonarle en concepto de indemnización por despido la suma de 8.657,55 euros, así como en cualquier caso a abonarle los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la notificación de la presente sentencia; todo ello con arreglo al salario declarado probado.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Si el recurrente no goza de justicia gratuita, deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en el “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19 de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar, en la misma cuenta, la suma de 150,25 euros, en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Carlos Velando Beceiro y “Carlos Velando Beceiro, Sociedad Limitada, Nueva Empresa”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.802/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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