Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-06-2009

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090613-0103

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 54
DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción número 54 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 53 de 2009 se ha acordado notificar la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo absolver y absuelvo libremente a las denunciadas doña Lidia Arribas Suira y a doña María Mirabela Miclaus de los hechos denunciados, declarando de oficio las costas del juicio.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes, instruyéndoles de su derecho a recurrirla en apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaría, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este Juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme establece el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a las actuaciones originales y se incluirá en el libro de sentencias, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña María Mirabela Miclaus, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 13 de mayo de 2009.—El secretario (firmado).

(03/17.546/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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