Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-06-2009

Sección 1.3.210.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090612-0039

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Universidad Carlos III

1981 RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2009, por la que se aprueba la creación de dos nuevos ficheros de datos de carácter personal de esta Universidad.

La existencia de ficheros de carácter personal y los avances tecnológicos pueden suponer una intromisión en el ámbito de la privacidad e intimidad de las personas, por ello, el ordenamiento jurídico establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales y, especialmente, el derecho al honor e intimidad personal y familiar y a la propia imagen, garantizado por el artículo 18 de la Constitución española.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (“Boletín Oficial del Estado” número 298, de 14 de diciembre), y en el ámbito de la Comunidad de Madrid, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 175, de 25 de julio), establecen un conjunto de medidas para garantizar y proteger este derecho fundamental.

De acuerdo con el derecho fundamental a la autonomía universitaria proclamado en el artículo 27.10 de la Constitución española, regulada en los términos de, entre otros preceptos, el artículo 2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (“Boletín Oficial del Estado” número 307, de 24 de diciembre), modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (“Boletín Oficial del Estado” número 89, de 13 de abril), la competencia para aprobar, modificar y suprimir los ficheros que contengan datos personales es atribuida a las Universidades por el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio. En el mismo sentido, el artículo 4.5 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, por el que se regula el procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 145, de 20 de junio), establece que las Universidades Públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 8/2001, de 13 de julio, crearán, modificarán y suprimirán sus ficheros mediante disposición de carácter general que elaborarán de conformidad con lo previsto en sus propios estatutos.

La presente Resolución ha sido sometida al informe preceptivo de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, y a información pública por Resolución de 25 de marzo de 2009 de la Universidad Carlos III de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 92, de 20 de abril). Por cuanto antecede, una vez transcurrido el plazo de alegaciones, y habiéndose cumplido los trámites establecidos en la Ley 8/2001, de 13 de julio, y en el Decreto 99/2002, de 13 de junio,

DISPONGO

Primero

Creación de nuevos ficheros

Aprobar la creación de los ficheros de datos de carácter personal que se relacionan en el Anexo I de esta disposición.

Segundo

Medidas de seguridad

Los ficheros automatizados que por la presente Resolución se crean cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección Datos de Carácter Personal (“Boletín Oficial del Estado” número 17, de 19 de enero de 2008).

Los responsables de los ficheros automatizados adoptarán las medidas de índole técnica y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y asegurarán que el tratamiento de los datos se utiliza exclusivamente para las finalidades para las que fueron recogidos, que son las que se concretan en el Anexo I.

Tercero

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

Los interesados tendrán derecho al acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal, en la forma prevista en la mencionada Ley Orgánica 15/1999, y demás normativa de aplicación, ante el órgano que para cada fichero se concreta en esta Resolución.

Cuarto

Entrada en vigor

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Getafe, a 20 de mayo de 2009.—El Rector, Daniel Peña Sánchez de Rivera.

ANEXO

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero 1

Fichero: DEFENSOR UNIVERSITARIO.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Universidad Carlos III de Madrid, Defensor Universitario.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Universidad Carlos III de Madrid, Defensor Universitario.

Nombre y descripción del fichero: DEFENSOR UNIVERSITARIO.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel alto.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos especialmente protegidos: Ideología, afiliación sindical, religión, creencias. Otros datos especialmente protegidos: Origen racial o étnico, salud, vida sexual.

— Datos relativos a infracciones: Datos relativos a infracciones penales, Infracciones administrativas.

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, número de registro de personal, nombre y apellidos, dirección, teléfono.

— Otros tipos de datos: Datos de circunstancias sociales, datos de características personales, datos académicos y profesionales, datos de detalles de empleo.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: TRAMITACIÓN Y GESTIÓN DE LAS ACTUACIONES DEL DEFENSOR UNIVERSITARIO.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: EMPLEADOS. ESTUDIANTES. REPRESENTANTES LEGALES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.

Fichero 2

Fichero: ALOJAMIENTO.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Universidad Carlos III de Madrid, Gerencia de la Universidad Carlos III de Madrid.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Universidad Carlos III de Madrid, Gerencia de la Universidad Carlos III de Madrid.

Nombre y descripción del fichero: ALOJAMIENTO.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono.

— Otros datos de carácter identificativo: Correo electrónico.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: PUBLICACIÓN DE LAS OFERTAS DE VIVIENDAS EN RÉGIMEN DE ALQUILER.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: ESTUDIANTES. REPRESENTANTES LEGALES. PROPIETARIOS O ARRENDATARIOS. EMPLEADOS.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.

(03/18.133/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.210.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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