Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-06-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090611-0209

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE LÉRIDA

EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN

Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de fecha 20 de mayo de 2009, en autos instruidos por este Juzgado de lo social, a instancias de don Costel Nastase, contra don Samuel Mirón, en reclamación de demandas, seguidos con el número 535 de 2008, se cita al mencionado don Samuel Mirón, en ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo, sita en esta ciudad, el día 14 de julio de 2009, a las nueve y veinte horas de la mañana, para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que, caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria se celebrará a continuación, y al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por falta de asistencia del demandado debidamente citado, y de que caso de incomparecencia de la parte demandada podrá ser tenida por confesa.

Se le requiere a fin de que el día del juicio aporte los siguientes documentos:

Partes de alta y de baja en la Seguridad Social del actor.

Recibos legales de pago de salarios corrrespondientes a los períodos y conceptos reclamados en la demanda.

Contrato de trabajo.

Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán en estrados, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

En Lleida, a 20 de mayo de 2009.—La secretaria judicial, María Itziar Valero Solano.

(03/17.900/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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