Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-06-2009

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090610-0005

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

1948 ORDEN 1650/2009, de 19 de mayo, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “Inspección Técnica de Edificios”.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal, incluidos en el ámbito de aplicación de la misma, se realizará mediante disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el diario oficial que corresponda.

El artículo 5 del citado texto legal prevé que la iniciativa en la tramitación del procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general de creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal corresponderá al órgano titular de la función específica en que se concrete la competencia sobre la materia a cuyo ejercicio sirva instrumentalmente el fichero.

El procedimiento anterior ha sido objeto de desarrollo mediante el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, 9, 10 y 11 del referido Decreto 99/2002, de 13 de junio, se elaboró el proyecto de Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “Inspección Técnica de Edificios (ITE)”, que, junto con la memoria explicativa y económica del mismo, se sometió al trámite de alegaciones y ha sido objeto de los informes preceptivos tanto de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid como de los Servicios Jurídicos del Instituto de la Vivienda de Madrid.

La correcta realización por parte de los técnicos del Instituto de la Vivienda de Madrid de las inspecciones técnicas de los edificios que forman parte de su patrimonio requiere un ágil tratamiento de la información precisa al efecto. Dicho tratamiento exige la creación de un fichero automatizado de datos de carácter personal de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, con objeto, por un lado, de proporcionar un soporte informático a la información que se genera como consecuencia de dicha tramitación y, por otro, de facilitar una gestión más eficiente en el tratamiento de la información precisa.

Por cuanto antecede, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, y habiéndose cumplido los trámites establecidos en el artículo 5 de la misma,

DISPONGO

Artículo 1

Creación de fichero

1.  Se crea el fichero “Inspección Técnica de Edificios (ITE)”, que contiene datos de carácter personal, dependiente del Instituto de la Vivienda de Madrid, cuyas características se relacionan en el Anexo de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal.

2.  En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en el fichero que se crea, se dará cumplimiento, en los términos que se establecen en la regulación efectuada en el Anexo de la presente Orden, a lo previsto por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 2

Derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación

Las personas afectadas por el fichero de datos personales que se crea podrán ejercitar el derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de datos ante el órgano que se determina en esta Orden, de conformidad con lo señalado en la Ley 8/2001, de 13 de julio.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 19 de mayo de 2009.

La Consejera de Medio Ambiente,
 Vivienda y Ordenación del Territorio,
 ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA

ANEXO

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: INSPECCIÓN TÉCNICA EDIFICIO ITE.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Instituto de la Vivienda de Madrid, Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Instituto de la Vivienda de Madrid, Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid.

Nombre y descripción del fichero: INSPECCIÓN TÉCNICA EDIFICIO ITE.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, otros datos de carácter identificativo: Número de colegiado.

— Otros tipos de datos: Datos de detalles de empleo, datos académicos y profesionales.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA LA REALIZACIÓN DE INSPECCIONES TÉCNICAS DE EDIFICIOS DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: Empleados.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.

(03/17.815/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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