Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090610-0377
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C) Otras Disposiciones Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno
El artículo 12.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que la titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos, podrán ser desconcentradas en otros órganos jerárquicamente dependientes de aquellos en los términos y con los requisitos que prevean las propias normas de atribución de competencias. El artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, establece que, en el ámbito de cada Consejería, la titularidad del Protectorado corresponde al Consejero, sin perjuicio de la posibilidad de desconcentración de dicha titularidad o delegación del ejercicio de la competencia. Con el objeto de agilizar la gestión administrativa y la toma de decisiones relativas a las fundaciones, se considera conveniente desconcentrar la titularidad y el ejercicio de las competencias del Protectorado de Fundaciones de esta Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, en la Secretaría General Técnica. De acuerdo con lo previsto en dichos preceptos legales, y siguiendo el principio general de desconcentración, establecido en el artículo 3 de la referida Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, DISPONGO Primero Atribuir al titular de la Secretaría General Técnica, las competencias en materia de protectorado de fundaciones, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno. Segundo Se dejan sin efecto la Orden 403/2007, de 7 de noviembre, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, por la que se desconcentra en el Viceconsejero de la Vicepresidencia Primera y Secretario General del Consejo de Gobierno, la titularidad y el ejercicio de las competencias en materia de protectorado de fundaciones de la Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno, y la Orden 662/2009, de 14 de abril, del Consejero de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se desconcentran en el titular de la Secretaría General Técnica, las competencias en materia de protectorado de fundaciones. Tercero La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 27 de mayo de 2009. El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ (03/18.387/09) |

