Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-06-2009

Sección 1.4.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090610-0036

Páginas: 0


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Consejería de Sanidad

Resolución de 13 de mayo de 2009, del Director General de Ordenación e Inspección, por la que se hace pública la relación definitiva de admitidos y excluidos en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia en base a solicitudes formuladas a instancia de parte por la Resolución 539/2008, de 23 de septiembre.

Con fecha 13 de mayo de 2009, el Director General de Ordenación e Inspección ha dictado la siguiente

Resolución

De conformidad con lo establecido en la Resolución 539/2008, de 23 de septiembre (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 242, de 10 de octubre de 2008), rectificada por la Resolución de 16 de octubre de 2008, por la que se hacen públicas las zonas farmacéuticas de la Comunidad de Madrid y el número de nuevas oficinas de farmacia cuya apertura procede autorizar en cada una de las zonas farmacéuticas referidas, y se abre el período de concurrencia pública en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia iniciado por esta Dirección General en base a solicitudes formuladas a instancia de parte.

Teniendo en cuenta la Resolución de 3 de febrero de 2009, del Director General de Ordenación e Inspección, por la que se hace pública la relación provisional de admitidos y excluidos en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia en base a solicitudes formuladas a instancia de parte por la Resolución 539/2008, de 23 de septiembre.

Vistas las alegaciones efectuadas por los solicitantes declarados provisionalmente excluidos por algunas de las causas reseñadas en el Anexo II de la antecitada Resolución de 3 de febrero de 2009, y las efectuadas por otros solicitantes provisionalmente admitidos en el procedimiento.

Valorada la documentación obrante en cada uno de los expedientes, relativa a los méritos profesionales y/o académicos de cada uno de los solicitantes definitivamente admitidos al procedimiento recogidos en el Anexo I de la presente Resolución.

En base a lo anterior, y en uso de las competencias que están conferidas a esta Dirección General de Ordenación e Inspección, en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, y en el artículo 34.2 de la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid, y el artículo 10 del Decreto 22/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad,

RESUELVO

Primero

Hacer público el listado definitivo de solicitantes admitidos y el listado definitivo de solicitantes excluidos en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia convocado por Resolución 539/2008, de 23 de septiembre, modificada por Resolución de 16 de octubre de 2008. Ambos listados figuran como Anexos I y II, respectivamente, de la presente Resolución.

Segundo

De conformidad con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, procede iniciar el trámite de audiencia en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia iniciado por Resolución 539/2008, de 23 de septiembre, modificada por Resolución de 28 de mayo de 2003. En su virtud, cada farmacéutico admitido en el presente procedimiento podrá tomar vista de la valoración provisional individual que le ha sido asignada, una vez baremados sus conocimientos académicos y su experiencia profesional conforme a la documentación que ha aportado.

El trámite de audiencia se realizará en las dependencias del Servicio de Ordenación Farmacéutica, sito en la calle Recoletos, número 1, primera planta, 28001 Madrid, durante un plazo de quince días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, plazo durante el cual cada farmacéutico podrá realizar las alegaciones que estime pertinentes

A tal fin, se exhibirá en el tablón de anuncios de la Dirección General de Ordenación e Inspección, sito en la primera planta, Servicio de Ordenación Farmacéutica, el listado, por orden alfabético, de las puntuaciones provisionales obtenidas por los solicitantes admitidos, resultantes de la valoración de los conocimientos académicos y experiencia profesional aportados y debidamente justificados por cada uno de ellos.

Del mismo modo, a tenor del artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, en el indicado plazo de quince días, todos los farmacéuticos peticionarios y cualquier interesado que pudiera resultar afectado por este procedimiento o, en su caso, sus representantes, podrán formular las alegaciones que estimen convenientes.

Tercero

Proceder al archivo de todas las solicitudes de apertura de nuevas oficinas de farmacia, presentadas en esta Consejería, que hayan sido declaradas excluidas del presente procedimiento con carácter definitivo de conformidad con lo dispuesto en el Anexo II de la presente Resolución.

Cuarto

Las alegaciones y, en su caso, los posibles recursos, deberán presentarse en el Registro de la Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad y Consumo, sito en la calle Recoletos, número 1, primera planta, 28001 Madrid. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Quinto

La presente Resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de anuncios de la Dirección General de Ordenación e Inspección, sito en la calle Recoletos, número 1, primera planta, de Madrid, surtiendo efectos desde el día siguiente al de su publicación.

Contra la presente Resolución podrá interponerse por los interesados recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Sanidad, de conformidad con lo prevenido en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Madrid, 13 de mayo de 2009.—El Director General de Ordenación e Inspección, Manuel Molina Muñoz.

ANEXO I

SOLICITANTES ADMITIDOS

ANEXO II

SOLICITANTES EXCLUIDOS

Causas de exclusión

A. Presentar la solicitud fuera del plazo establecido en la Resolución 539/2008, de 23 de septiembre, modificada por Resolución de 16 de octubre de 2008, del Director General de Ordenación e Inspección.

B. No justificar correctamente el abono de las tasas, hacerlo en cuantía inferior a lo establecido, o haberlas abonado fuera del plazo fijado en la Resolución 539/2008, de 23 de septiembre, modificada por Resolución de 16 de octubre de 2008, del Director General de Ordenación e Inspección.

C. No especificar claramente la zona farmacéutica para la que se solicita la autorización de apertura de nueva oficina de farmacia.

(03/17.812/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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