Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090609-0192

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 14 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 105 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen García Vázquez, contra la empresa “Gráficos y Manipulados Lacima, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de ejecución y auto de acumulación de fecha 19 de mayo de 2005 siguientes:

Auto

En Madrid, a 19 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:

a)  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por doña María del Carmen García Vázquez, contra “Gráficos y Manipulados Lacima, Sociedad Limitada”, por un importe de 4.058,36 euros de principal, más 811,67 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b)  Trabar embargo sobre los bienes de la demandada, y desconociéndose bienes concretos procédse a la averiguación de los mismos a través del punto neutro judicial, y déjense a disposición de la actora en esta Secretaría.

c)  A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2512, sito en calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María del Carmen Rodrigo Saiz.

Diligencia.—En Madrid, a 19 de mayo de 2009.

La pongo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en los autos número 500 de 2008, ejecución número 105 de 2009, de este Juzgado, se sigue ejecución contra la misma deudora de los presentes, iniciadas con fecha 19 de mayo de 2009, de lo que pasaré a dar cuenta a su señoría con propuesta de auto.—Doy fe.

Propuesta de auto de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 19 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:

Acumular a la presente ejecución la que se sigue en los autos número 500 de 2008, ejecución número 105 de 2009, de este Juzgado, a favor de doña María del Carmen García Vázquez, frente a la común deudora “Gráficos y Manipulados Lacima, Sociedad Limitada”.

Ascendiendo el principal adeudado a la cantidad de 6.602,83 euros, más la suma de 1.320,57 euros que se fijan provisionalmente para intereses legales y costas.

Notifíquese esta resolución a todas las partes de dichos autos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo que propongo a su señoría para su conformidad.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, María del Carmen Rodrigo Saiz.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gráficos y Manipulados Lacima, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.801/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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