Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-06-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090608-0210

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE ZARAGOZA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Pilar Zapata Camacho, secretaria del Juzgado de lo social del número 2 de Zaragoza.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 81 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Florián Mangón Bogdan, contra la empresa “Laak Montajes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Zaragoza, a 31 de marzo de 2009.

Parte dispositiva:

a)  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Florián Mangón Bogdan, contra “Laak Montajes, Sociedad Limitada”, por un importe de 6.819,23 euros de principal, más 818 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b)  Trabar embargo sobre los bienes de la demandada, y a tal fin, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

c)  Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia, autorizándose la utilización de las aplicaciones informáticas a través del Punto Neutro judicial en cuanto a la ejecutada y terceros que pudieran resultar afectos por la ejecución.

Consultada la Dirección General de Tráfico por los medios informáticos del Juzgado, se embargan los vehículos matrículas 2174CYK, 7210BGR y 8368DCB, por lo que se remitirá el correspondiente oficio al Registro de Bienes Muebles de Zaragoza para que se proceda a su correspondiente anotación.

Se excluye de la ejecución el vehículo Z-8729-BK, por la antigüedad de su fecha de matriculación.

d)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don César de Tomás Fanjul. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Laak Montajes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zaragoza, a 13 de mayo de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/16.402/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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