Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-06-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090608-0125

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 7
DE TORREJÓN DE ARDOZ

EDICTO

Doña Isabel Lozano Bruna, secretaria sustituta del Juzgado de primera instancia número 7 de Torrejón de Ardoz.

Doy fe: Que en los autos de juicio verbal de desahucio número 173 de 2008, seguidos a instancias de “Gas 2000, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Yolanda de Lope Amor, contra “Piedragal, SCG”, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice así:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora De Lope Amor, en nombre y representación de la entidad “Gas 2000, Sociedad Limitada”, contra la entidad “Piedragal, SCG”, debo declarar haber lugar al desahucio de la entidad demandada de la parcela de terreno sobre la que se asienta la nave industrial, finca número 8.237, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Torrejón de Ardoz, sita en el término municipal de Paracuellos de Jarama, en la calle Polvorín, sin número, apercibiéndole de lanzamiento si no desaloja la finca dentro del término establecido en la Ley, y condeno a la entidad demandada “Piedragal, SCG”, a que abone a la actora el importe de 15.023,40 euros en concepto de rentas devengadas, así como las rentas que se devenguen desde la presente sentencia hasta el completo desalojo del local, y a los intereses legales, y con condena a la entidad demandada a las costas del juicio.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se preparará mediante escrito presentado en este Juzgado en término de cinco días hábiles desde la notificación de esta resolución en la forma prevista en el artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada, declarada en rebeldía, “Piedragal, SCG”, expido el presente en Torrejón de Ardoz, a 9 de marzo de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/6.494/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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