Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-06-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090608-0068

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 13
DE MADRID

EDICTO

La secretaria del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio verbal de desahucio por falta de pago con el número 1.041 de 2007, seguidos a instancias de “Inmobiliaria Jareño, Sociedad Limitada”, contra don Ignacio Ríos Vaquero, en los que se ha dictado en el día de la fecha la resolución siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 16 de febrero de 2009.—Vistos por mí, doña María Soledad Escolano Enguita, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid, los autos de juicio de desahucio por falta de pago seguidos en este Juzgado con el número 1.041 de 2007, siendo parte demandante, “Inmobiliaria Jareño, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora de los tribunales doña Concepción Sánchez Cabezudo, bajo la dirección del letrado don Francisco Javier Zugasti Cabrillo, y parte demandada, don Ignacio Ríos Vaquero, en situación procesal de rebeldía, sobre resolución de contrato de arrendamiento de vivienda por falta de pago de la renta.

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por “Inmobiliaria Jareño, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora de los tribunales doña Concepción Sánchez Cabezudo, contra don Ignacio Ríos Vaquero:

l.  Declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 25 de noviembre de 2005 que sobre la vivienda sita en la calle Sabal, número 5, piso séptimo, puerta B, de Madrid, existía entre la actora y el demandado por falta de pago de las rentas practicadas.

2.  Consecuentemente, declaro haber lugar al desahucio del demandado de la expresada finca, apercibiéndole de que si no la desaloja dentro del término legal será lanzado de ella, y a su costa el día que se determine por el servicio común.

3.  Se imponen las costas de este juicio a la parte demandada.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Ignacio Ríos Vaquero, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 18 de mayo de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/6.568/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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