Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090608-0117
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS GALAPAGAR ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO El alcalde de la corporación, don Daniel Pérez Muñoz, ha dictado con fecha 20 de mayo de 2009 el decreto 1186/2009, que señala: Decreto de la Alcaldía.—Galapagar, a 20 de mayo de 2009. Don Daniel Pérez Muñoz, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Galapagar, dicto esta resolución con fundamento en las siguientes razones y consideraciones. 1.o Visto el artículo 43.4 del Reglamento de Organización y Funcionamiento que el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las áreas de gobierno, y que estas delegaciones podrán ser de tres tipos: a) Relativas a un proyecto o asunto determinado, en cuyo caso la eficacia de la delegación, que podrá contener todas las facultades delegables del alcalde, incluida la de emitir actos que afecten a terceros, se limitará al tiempo de gestión o ejecución del proyecto. b) Relativas a un determinado servicio, en cuyo caso la delegación comprenderá las facultades de dirección y gestión, pero no podrá incluir las facultades de resolver actos administrativos que afecten a terceros. c) Relativas a un distrito o barrio. 2.o La prestación del servicio de estacionamiento subterráneo de la plaza del Caño, adjudicado a la empresa “La Terraza de la Esquina, Sociedad Limitada”, por decreto dela Alcaldía de 29 de diciembre de 2006, requiere un seguimiento por parte de la Corporación, que aconseja efectuar una delegación especial, para concentrar en un único concejal las facultades de control, inspección y seguimiento de la ejecución del contrato y el ejercicio de las facultades que corresponden a la Alcaldía sobre esta materia. 3.o Por lo expuesto, en ejercicio de las facultades que concede a la Alcaldía el artículo 43 del Real Decreto 2568 de 1986, de 28 de noviembre, resuelvo: Primero.—Se efectúa a favor del tercer teniente de alcalde, delegado de Presidencia, Economía y Hacienda, don Fernando Arias Moral, como delegación especial, al amparo de lo que dispone el artículo 43 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, el seguimiento de la ejecución del contrato de gestión del servicio de aparcamiento subterráneo de la plaza del Caño, adjudicado a la empresa “La Terraza de la Esquina, Sociedad Limitada”, con el siguiente alcance: a) Corresponderá al concejal-delegado efectuar el seguimiento de la ejecución del contrato, por lo que podrá dirigir requerimientos y escritos a la empresa concesionaria recabando el cumplimiento de las obligaciones impuestas en el contrato. b) Dentro del ámbito de la delegación podrá el concejal-delegado dirigirse a los servicios técnicos municipales recabando el apoyo necesario o la emisión de informes o la realización de actuaciones. c) Corresponderá al concejal-delegado proponer a otros órganos de gobierno las actuaciones a realizar en relación con el ámbito de la delegación. d) La delegación incluye la facultad de dictar actos administrativos que afecten a terceros, dentro del ámbito de la delegación y siempre dentro de las competencias que a la Alcaldía atribuyen las normas. Segundo.—Esta delegación será efectiva desde el momento de la aceptación por parte del concejal-delegado, que deberá producirse dentro de los tres días que sigan a su notificación. Tercero.—Esta delegación será hecha pública mediante un edicto que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Cuarto.—Esta resolución será comunicada a los portavoces de los grupos municipales y de ella se dará cuenta al Pleno en la siguiente sesión que celebre. Quinto.—El ejercicio de las facultades como consecuencia de esta delegación se hará constar en todo caso de acuerdo con lo dispuesto en las normas sobre procedimiento administrativo. Sexto.—Contra esta resolución cabrá interponer los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó la resolución impugnada, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de recepción de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo común. b) Directamente, contra esta resolución se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso de desestimación presunta del recurso de reposición, desestimación que se produce por el transcurso de un mes desde la presentación del recurso sin que se tenga recibido la notificación de la resolución correspondiente, el plazo para la presentación del recurso contencioso-administrativo será de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en el que se produzca el acto presunto de acuerdo con la normativa específica aplicable, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa citada. Así dispongo por esta resolución que firmo en la fecha que consta en el encabezado.—El alcalde-presidente, Daniel Pérez Muñoz. Lo que se hace público para general conocimiento. En Galapagar, a 27 de mayo de 2009.—El alcalde, Daniel Pérez Muñoz. (03/17.726/09) |

