Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-06-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090606-0221

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 5 DE SANTA CRUZ
DE TENERIFE

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Parra Lozano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en los presentes autos número 37 de 2009 seguido a instancias de doña Ndiaye Rodríguez Aysatu, contra “Aqua Test Pamoavill I, Sociedad Limitada”, por despido, se ha dictado la siguiente:

Sentencia

Que en la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, a 3 de abril de 2009.

Pronuncio yo, don Félix Barriuso Algar, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 5 de los de Santa Cruz de Tenerife, en el procedimiento de despido número 37 de 2009, seguido a instancias de doña Ndiaye Rodríguez Aysatu, representada y asistida por la letrada señorita Guardiet de Vera, frente a “Aqua Test Pamoavill I, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía, sobre declaración de improcedencia de despido.

Fallo

Debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por doña Ndiaye Rodríguez Aysatu, y, en consecuencia:

a)  Declaro improcedente el despido de la parte actora llevado a cabo por la demandada “Aqua Test Pamoavill I, Sociedad Limitada”, el día 13 de noviembre de 2008.

b)  Condeno a la parte demandada “Aqua Test Pamoavill I, Sociedad Limitada”, a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, opte entre la readmisión de la trabajadora o le indemnice en la cantidad de 624,38 euros, equivalentes a cuarenta y cinbco días de salario por año de servicio, y, tanto en uno como en otro caso, le abone una cantidad igual a la suma de lo salarios dejados de percibir, a razaón de 55,50 euros diarios, desde la fecha de despido hasta la notificación de la presente sentencia o hasta que el demandante hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a esta sentencia y se probase por la parte demandada lo percibido, para su descuento de salarios de tramitación.

De optar por la readmisión la demandada deberá comunicar al trabajador, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia, la fecha de su reincorporación al trabajo, para efectuarla en un plazo no inferior a los tres días siguientes al de la recepción del escrito.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife, que habrá de anunciarse, ante este mismo Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia.

Adviértase al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en el Grupo “Banesto” a nombre de este Juzgado, con el número 1587/0000/65/0037/09, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y consignaciones abierta en el grupo “Banesto”, a nombre de este Juzgado, la cantidad objeto de condena

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: Dada, leída y publicada que ha sido anteriormente sentencia por el señor magistrado-juez que la dicta, leyéndola en audiencia pública en el lugar y fecha antes indicados, se lo que doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aqua Test Pamoavill I, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Santa Cruz de Tenerife, a 13 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.688/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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