Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-06-2009

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090604-0221

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Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 11 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Hostelería Unida Dos, Sociedad Anónima”, y los representantes legales de los trabajadores (PCM-46/2009).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2. f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 11 de marzo de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM-46/2009.

En Madrid, a las doce cuarenta y cinco horas del día martes, 17 de febrero de 2009.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Ángel Moisés Sánchez Grande.

Vocal: Don Antonio Díaz Jiménez.

Vocal: Don José Manuel Nogales Barroso.

Vocal: Doña Alicia Contreras López-Vilas.

Secretario: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha martes 27 de enero de 2009, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don José Carlos Bernal Zamorano, en calidad de director del Palacio de Congresos de Madrid.

“Hostelería Unida Dos, Sociedad Anónima”, con domicilio en calle Sabino Arana, número 34, primero segundo, Barcelona.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Francisco Sánchez Castilla, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Domingo Perdiguero Rodríguez, en calidad legal de los trabajadores.

Doña Fabiola Guerra Suárez, en calidad de asesora CC OO.

Don Francisco Arenas Murillo, en calidad de asesor de UGT.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Francisco Sánchez Castilla, como presidente del comité de empresa
de “Hostelería Unida Dos, Sociedad Anónima”

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de:

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1.  La empresa se compromete a crear un mecanismo ágil para dar solución a cualquier problema que pudiera haber en relación a la confección de las nóminas de salarios.

2.  La empresa ha procedido a cubrir la baja por jubilación producida el 4 de diciembre de 2008, de don Manuel Teruel Marcos, y se compromete a cubrir las dos vacantes restantes, que tendrán efecto en el año 2009, las cuales quedan pendiente de negociación.

3.  Ambas partes establecen un calendario de negociación y protocolo con inicio de la primera reunión en el plazo de diez días, a partir de hoy, y las siguientes cada quincena hasta el final de la primera quincena de abril. Formando parte de la negociación, la posibilidad de adecuar la jornada ordinaria a la realmente productiva, en orden de garantizar el mantenimiento del empleo.

4.  La representación de los trabajadores se compromete a desconvocar la huelga prevista para los días 18 y 26 de febrero.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez y quince horas del día de hoy.—La secretaria suplente (firmado).

(03/10.167/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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