Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-06-2009

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090603-0051

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D) Anuncios

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 13 de abril de 2009, del Director General de Medio

En cumplimiento de los artículos 14 de la Ley 3/1995, de 29 de marzo, de Vías Pecuarias, y 38.5 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, se procede a dar audiencia a las entidades mencionadas en el artículo 24.a), que incluirá un período de exposición pública de duración mínima de un mes, del expediente 0177/09 de autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria “Cañada Real Coruñesa”, en el término municipal de Alpedrete, para soterrar una línea eléctrica, proyecto promovido por “Obras y Proyectos Andrés Torroella, Sociedad Limitada”.

Se hace público para general conocimiento que dicho expediente estará expuesto en las oficinas del Área de Vías Pecuarias de esta Dirección General, sitas en la ronda de Atocha, número 17, primera planta (Madrid), durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante la Dirección General de Medio Ambiente, en estas dependencias o en cualquiera de los organismos que recoge el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Madrid, a 13 de abril de 2009.—El Director General de Medio Ambiente, PDF (Resolución de 27 de agosto de 2008), el Subdirector General de Agricultura y Alimentación, Jesús Carpintero Hervás.

(02/5.571/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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