Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-06-2009

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090603-0016

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Don Tomás Sanz Hoyos, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Veinticuatro.—Nombramiento de juez de paz sustituto de Sevilla la Nueva.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Sevilla la Nueva en el que se propone el nombramiento de doña María Lourdes Gil Mora para el cargo de juez de paz sustituta, aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 20 de febrero de 2009, por 10 votos a favor y tres votos en contra, que representa la mayoría absoluta del número legal.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de fecha 6 de octubre de 1993, con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades, y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Nombrar juez de paz sustituta de Sevilla la Nueva a doña María Lourdes Gil Mora.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Navalcarnero (partido judicial al que pertenece), al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo el presente en Madrid, a 4 de mayo de 2009.—El secretario (firmado).

(03/16.062/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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