Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-05-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090529-0186

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 5 DE SEVILLA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Amparo Atares Calavia, secretaria del Juzgado de lo social número 5 de Sevilla.

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue ejecución número 94 de 2008, dimanante de autos número 802 de 2004, en materia de cantidad, a instancias de don José Ignacio Rosales Tovar y doña Silvia Ramírez Medina, contra “Festival Cruceros, Sociedad Anónima”, habiéndose dictado resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Auto

En Sevilla, a 4 de mayo de 2009.—Dada cuenta; y…

Parte dispositiva:

Declarar a la ejecutada “Festival Cruceros, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia, con carácter provisional, por importe de 28.226,81 euros de principal, más 5.645,36 euros presupuestadas para intereses legales y costas del procedimiento.

Archivar las actuaciones, previa anotación en los libros de registro correspondientes de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes de la ejecutada sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de los cinco días hábiles al de su notificación.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Amelia Lerdo de Tejada Pagonabárraga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Sevilla. Doy fe.—La secretaria (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación en forma a “Festival Cruceros, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

Dado en Sevilla, a 4 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.559/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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