Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.90.29: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090527-0190
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C) Otras Disposiciones Consejería de Sanidad
En la Orden 928/2008, de 30 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, se aprobó la convocatoria para el ejercicio 2009 de las subvenciones para el apoyo al mantenimiento de entidades sin ánimo de lucro, dedicadas a la prevención, asistencia y reinserción en el ámbito de las drogodependencias. Dado que en el artículo 9 de la citada Orden 928/2008 se fijaba que el plazo de resolución de la convocatoria se realizará dentro de los tres meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes y como consecuencia de la tramitación administrativa e instrucción ante el elevado número de solicitudes, a fin de garantizar los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria aprobadas mediante la Orden 4073/2007, de 28 de diciembre, resulta necesario ampliar el plazo de resolución de la convocatoria. Por otro lado, de conformidad con lo establecido en la disposición final segunda de la Orden 928/2008 se faculta al titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia Antidroga para interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicación de la Orden y para que dicte las resoluciones complementarias necesarias para el desarrollo y cumplimiento de la misma y en aplicación del artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la ampliación del plazo de resolución. En su virtud, de conformidad con las facultades que me han sido conferidas, DISPONGO Primero Ampliar en un mes el plazo de resolución de la convocatoria previsto en el artículo 9 de la Orden 928/2008, de 30 de diciembre, por la que se realiza la convocatoria para el ejercicio 2009 de las subvenciones para el apoyo al mantenimiento de entidades sin ánimo de lucro, dedicadas a la prevención, asistencia y reinserción en el ámbito de las drogodependencias. Segundo La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 26 de mayo de 2009.—La Directora-Gerente de la Agencia Antidroga, Almudena Pérez Hernando. (03/17.204/09) |