Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090520-0085
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 842 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Ugarte Ojeda, contra la empresa “Hospital Dr. R. Labora”, Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Madrid y don Iván Lerma Carrillo, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 470 de 2008 En Madrid, a 22 de diciembre de 2008.—Doña Francisca Arce Gómez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido entre partes, de una y como demandante don Eduardo Ugarte Ojeda, que comparece asistido de la letrada doña Tania Marina Herrero Belastegui y otra como demandados “Hospital Dr. R. Labora” y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Madrid, que comparecen representadas por la letrada doña Rita Alfaya Hurtado y don Iván Lerma Carrillo, que comparece representado por el letrado don Miguel Ángel Santalices Romero, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Estimo la acción subsidiaria de la demanda del actor, don Eduardo Ugarte Ojeda, y declaro el cese de dicho actor de despido improcedente con efectos de 31 de mayo de 2008. En consecuencia, condeno a la demandada, Comunidad de Madrid (Consejería de Sanidad y Consumo), a estar y pasar por las anteriores declaraciones, debiendo optar en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido o al pago de la cantidad de 250.664,40 euros en concepto de indemnización por extinguir la relación laboral. En todo caso, la Comunidad Autónoma de Madrid abonará los salarios dejados de percibir por el actor desde la fecha de efectos del despido hasta que la readmisión tenga lugar, o en su caso hasta que se extinga la relación laboral mediante el pago de la indemnización fijada, dichos salarios a razón de 5.968,28 euros mensuales con inclusión de prorrata de pagas extra, teniendo en cuenta que habrá de descontarse la cantidad que por razón de pensión de jubilación hubiera venido percibiendo el actor desde la fecha del cese hasta que la demanda opte por su readmisión o extinción de la relación laboral. Asimismo, estimo la excepción de falta de legitimación pasiva respecto del codemandado, don Iván Lerma Carrillo, a los efectos “ad causam”, no “ad processum”. En consecuencia, absuelvo a dicho codemandado de las pretensiones de la demanda. Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo. Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado, en la sucursal de “Banesto” de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Iván Lerma Carrillo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 23 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/14.515/09) |

