Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-05-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090520-0090

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

GALAPAGAR

OTROS ANUNCIOS

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las propuestas de resolución dictadas por la instructora de la Unidad de Sanciones, doña María Eugenia Pérez de la Cruz, y de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por el concejal de Seguridad Ciudadana, Protección Civil, Movilidad, Transporte y Comercio (en función de las competencias delegadas por decreto 1753/2008, de 1 de octubre), a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

El importe de la sanción podrá hacerse efectivo en cualquier oficina de “Caja de Madrid” (cuenta código cliente número 2038/2239/
09/6000469583), indicando expediente, matrícula y nombre del denunciado.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones del Ayuntamiento de Galapagar (plaza de la Constitución, número 3, “Centro Cívico Reina Sofía”).

RGC: Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” número 306, de 23 de diciembre de 2003).

OR: ordenanza municipal de circulación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 232, de 29 de septiembre de 2000).

Relación 1. Propuesta de resolución

Apellidos y nombre. — Documento nacional de identidad. — Expediente. — Matrícula. — Precepto infringido. — Cuantía propuesta de sanción. — Calificación. — Fecha alegaciones. — Fecha pro-
 puesta de resolución

Cogolludo Minguero, A. — 14307025-J. — 46552. — 2212DWG. — Artículo 94.2.c) RGC. — 90 euros. — Leve. — 17 de noviembre de 2008. — 12 de enero de 2009.

Chica Orrego, J. P. — 53939791-F. — 45000. — 9016GFP. — Artículo 62.1 OC. — 90 euros. — Leve. — 3 de noviembre de 2008. — 4 de febrero de 2009.

Contra esta propuesta de resolución (relación 1), dictada por la instructora de la Unidad de Sanciones, se pueden:

1.  Presentar alegaciones, documentos e informaciones en el plazo de quince días, durante los cuales queda de manifiesto el expediente. Una vez presentadas alegaciones, o en caso de no presentarlas en el plazo establecido, se dictará resolución.

2.  Abonar el importe de la sanción en cualquier oficina de “Caja de Madrid” (cuenta código cliente número 2038/2239/09/
6000469583) indicando expediente, matrícula y nombre del denunciado en el plazo de quince días hábiles.

Relación 2

Apellidos y nombre. — Documento nacional de identidad. — Expediente. — Matrícula. — Precepto infringido. — Cuantía de la sanción. — Calificación. — Número de resolución. — Fecha de reso-
 lución

Egido González, J. L. — 50797094-F. — 31856. — 2382BNS. — Artículo 94.2.a) RGC. — 90 euros. — Leve. — 128/09. — 19 de enero de 2009.

Rodríguez Nogal, C. — 52479901-L. — 31649. — 9535DTM. — Artículo 18.2.a) RGC. — 150 euros. — Grave. — 257/09. — 2 de febrero de 2009.

Contra estas resoluciones (relación 2) podrá interponerse recurso de reposición, ante la misma autoridad que haya adoptado la resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta notificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El plazo para dictar y notificar resolución del mismo será de un mes; en caso de no realizarse podrá entenderse desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa. Podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha siguiente al de la notificación.

El importe de la sanción se hará efectivo dentro de los quince días siguientes a la firmeza de la resolución, con la advertencia que de no hacerlo se procederá a su recaudación por vía de apremio con los recargos e intereses legales correspondientes, según el artículo 84 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo (“Boletín Oficial del Estado” de 20 de diciembre de 2001).

Lo manda y firma el alcalde del Ayuntamiento de Galapagar, don Daniel Pérez Muñoz.

En Galapagar, a 23 de marzo de 2009.—El alcalde (firmado).

(02/3.744/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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