Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090519-0247

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 9 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 91 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Claudio Mentoro Saucedo, contra la empresa “Eating & Meeting Dreams, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 20 de abril de 2009.

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

a)  Despachar la ejecución solicitada por don Claudio Mentoro Saucedo, contra “Eating & Meeting Dreams, Sociedad Limitada”, por un principal de 1.337,38 euros, más 120,36 euros en concepto de intereses y 133,74 euros de costas calculadas provisionalmente.

b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

c)  Y consultados telemáticamente los bienes y derechos susceptibles de embargo de la parte ejecutada, se declaran embargados a resultas de la presente ejecución, y en cuanto sea suficiente para cubrir el importe de las cantidades reclamadas y no satisfechas:

1.  Las cantidades que en concepto de saldos pendientes de factura u otros conceptos tenga que percibir la ejecutada de “Notro Films, Sociedad Limitada”, “Waiters on Wheels Ibérica, Sociedad Limitada”, y “Alfa Eventos y Protocolo, Sociedad Limitada”.

2.  Los saldos y demás valores de los que resulte titular la empresa ejecutada en la sucursal de la calle Santa Engracia, número 30, de Madrid, del “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, y en la sucursal de la calle Bravo Murillo, números 237-239, de Madrid, de “Caja de Ahorros de Galicia”.

A tales fines, líbrense los correspondientes oficios por correo certificado con acuse de recibo a dichas entidades, al objeto de que retengan e ingresen las referidas cantidades en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto”, con el número 2507, sucursal sita en la calle Orense, número 19 de Madrid, hasta cubrir las sumas reclamadas en el presente procedimiento.

d)  Asimismo, líbrense oficios a los Juzgados de lo social números 30 y 33 de Madrid al objeto de que remitan al Juzgado testimonios de los autos de insolvencia provisional que se hubieran podido dictar, respectivamente, en los procedimientos de ejecución número 59 de 2009 (demanda número 1.094 de 2008), número 11 de 2009 (demanda número 1.045 de 2008), número 21 de 2009 (demanda número 1.080 de 2008) y número 47 de 2009 (demanda número 979 de 2008), que se siguen contra la misma empresa demandada, y caso de existir sobrante en los mismos nos lo transfieran a la cuenta del Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Eating & Meeting Dreams, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de abril de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.868/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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