Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090518-0118

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 21 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 164 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Beatriz Viosques Zorita y doña Paola Ramírez Palomeque, contra la empresa “Nigime, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

a)  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por doña Beatriz Viosques Zorita y doña Paola Ramírez Palomeque, contra “Nigime, Sociedad Limitada”, por un importe de 6.300 euros de principal, de los cuales 3.500 euros corresponden a doña Beatriz Viosques Zorita y 2.800 euros a doña Paola Ramírez Palomeque, más 630 euros y 630 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b)  Trabar embargo sobre los bienes de la demandada en cuantía suficiente para cubrir las responsabilidades reclamadas.

c)  Para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2519/0000/64/0164/08, agencia 1143, sita en calle Orense, número 19, 28020 Madrid.

Obténgase a través de la aplicación informática las correspondientes consultas de datos de la Dirección General de Tráfico y de Averiguación Patrimonial sobre la ejecutada, uniéndose las mismas a los autos de su razón, y a la vista de su contenido, se acordará lo procedente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la presente resolución cabe interponer oposición, ante este Juzgado, en el plazo de diez días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma.—El magistrado-juez de lo social, Juan José del Águila Torres.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Nigime, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.245/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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