Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090518-0195

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 24 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.229 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don César Jesús García Agudelo, contra la empresa “Confederación Ibérica de Montajes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 15 de abril de 2009:

Sentencia número 154 de 2009.

En Madrid, a 15 de abril de 2009.—Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 1.229 de 2008, sobre reclamación de cantidad, en los que han sido partes: como demandante, don César Jesús García Agudelo, asistido del letrado don Mariano Ayuso Pachá, y como demandados, la empresa “Confederación Ibérica de Montajes, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada, y el Fondo de Garantía Salarial que no comparece, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don César Jesús García Agudelo, contra la empresa “Confederación Ibérica de Montajes, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro el derecho del demandante a percibir la cantidad total de 1.569,33 euros por los conceptos que se dicen en el hecho probado segundo de esta sentencia, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar al demandante los citados importes, así como, en concepto de intereses, la cantidad que resulte de acuerdo a lo expresado en el fundamento de derecho segundo de esta sentencia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y adviértase de que es firme, y que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Confederación Ibérica de Montajes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.516/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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