Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090518-0128

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.452 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Blanco Arévalo, contra las empresas “Corman Corporación de Actividades Preventivas, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Corman, Sociedad Anónima”, sobre resolución de contrato por voluntad del trabajador, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 2 de febrero de 2009.

Parte dispositiva:

Se declina el conocimiento del presente litigio, sin perjuicio de la facultad del demandante de ejercitar su pretensión ante el Juzgado de lo mercantil número 7 de Madrid, concurso ordinario número 551 de 2008.

Notifíquese esta resolución, advirtiendo que contra ella cabe recurso de suplicación, previo de reposición, por defecto de jurisdicción ante este mismo órgano judicial en el plazo de cinco días desde la notificación de aquélla, conforme a lo previsto en el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social, Ángel Juan Alonso Boggiero.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Corman Corporación de Actividades Preventivas, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Corman, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 17 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.398/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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