Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090518-0109

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 10 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.221 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Emiliano Palacios Zubiaur, contra la empresa “Impersur Instalaciones, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 159 de 2009

En Madrid, a 15 de abril de 2009.

Doña María Luisa Segura Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos seguidos por cantidad entre partes: de una, y como demandante, el letrado don Carlos Iglesias Álvarez, con número de colegiado 16.191, en defensa y representación de don Fernando Emiliano Palacios Zubiaur, y de otra, como demandados, “Impersur Instalaciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron, pese a estar citados en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Fernando Emiliano Palacios Zubiaur, frente a la empresa “Impersur Instalaciones, Sociedad Limitada”, estando emplazado el Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa citada a abonar al trabajador la cantidad de 1.203,25 euros, por los conceptos reclamados en demanda, más el 10 por 100 en concepto de interés anual por mora, ascendente a 140,30 euros.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial, no se efectúa declaración expresa de absolución o condena, sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado de lo social, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Impersur Instalaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.447/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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