Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090518-0085

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.143 de 2008, ejecución número 2 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Iacob Lazar, contra don Alin Daniel Todorescu, sobre despido, se ha dictado auto de extinción de relación laboral, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 15 de abril de 2009.

Dispongo: Que procede decretar la extinción de la relación laboral del actor con la empresa demandada en la fecha de la presente resolución por no readmisión del trabajador, condenando a la empresa demandada al abono de la suma de 1.363,16 euros en concepto de indemnización devengada, y la suma de 5.937,33 euros de salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta el día 7 de enero de 2009, en que comenzó a prestar servicios en otra empresa.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Isabel Sainz Areses.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Alin Daniel Todorescu, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.440/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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