Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090512-0001
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D) Anuncios Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno
En aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 20 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se hace público que el Vicepresidente y Portavoz del Gobierno ha dictado la siguiente: Orden 179/2009, de 15 de abril, del Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto del tanque de tormentas en el emisario Ajalvir-Daganzo, situado junto al aliviadero del Parque Empresarial de San Fernando de Henares”, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 273 El “Proyecto del tanque de tormentas en el emisario de Ajalvir-Daganzo” tiene por objeto la ejecución de un tanque de tormentas y sus infraestructuras asociadas en el emisario Ajalvir-Daganzo, en el marco de las nuevas necesidades de saneamiento generadas por los vertidos descontrolados del emisario que se producen al terreno natural, en el entorno de la finca “Vega de Corpas”, junto al Parque Empresarial de San Fernando de Henares, como consecuencia de la acometida del Sector número 5 de San Fernando de Henares, cuya red de saneamiento, de tipo unitario, recoge tanto aguas residuales como las procedentes de la escorrentía de lluvia generada en las amplias superficies pavimentadas que componen el Sector número 5. El citado proyecto tiene por objeto almacenar y laminar los caudales que no pueden ser transportados por dicho emisario en momentos de fuertes precipitaciones para su posterior incorporación al mismo cuando las condiciones lo permitan. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en su informe de 28 de marzo de 2006, considera que el “Proyecto del tanque de tormentas en el emisario de Ajalvir-Daganzo, situado junto al aliviadero del Parque Empresarial de San Fernando de Henares” no precisa someterse a procedimiento alguno de evaluación de impacto ambiental. El Plan Especial de Infraestructuras se aprobó definitivamente por la Comisión de Urbanismo de Madrid el día 24 de junio de 2008 y se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 188, de 8 de agosto de 2008. La Orden 592/2008, de 16 de diciembre, del Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, dispuso someter a información pública la relación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto del tanque de tormentas en el emisario de Ajalvir-Daganzo, situado junto al aliviadero del Parque Empresarial de San Fernando de Henares”, en el término municipal de San Fernando de Henares, siendo la entidad beneficiaria del expediente expropiatorio el Canal de Isabel II. La mencionada Orden ha sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 13, de 16 de enero de 2009; en el diario “ABC” de 7 de enero de 2009, y expuesta durante quince días en el tablón de edictos del Ayuntamiento de San Fernando de Henares. Dentro del plazo establecido para el trámite de información pública se ha formulado alegación de la mercantil “Corpas, Sociedad Limitada”, solicitando que se acuerde anular y dejar sin efecto el procedimiento expropiatorio. A los efectos de los artículos 20 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 19 y 56 de su Reglamento de ejecución aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, y con base en los antecedentes administrativos citados, se estima procedente ratificar todas las actuaciones habidas hasta la fecha y, en consecuencia, declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos comprendidos en la relación que acompaña a la presente Orden, confirmando las afecciones por resultar indispensables, tanto para la ejecución del proyecto como para cumplir lo previsto en la normativa en materia de saneamiento y depuración de la Comunidad de Madrid. La declaración de utilidad pública del proyecto se considera realizada en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y en la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se entiende cumplido el trámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto. La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto viene motivada por la necesidad inaplazable de solucionar los problemas de contaminación que se generan en esta zona por los vertidos descontrolados del emisario Ajalvir-Daganzo, los cuales, en los períodos de lluvias, ocasionan el anegamiento del ramal de acceso a la M-50 y de la finca “Vega de Corpas”, en el entorno del aliviadero existente. En el expediente consta la existencia de crédito suficiente para hacer efectivo el pago de las indemnizaciones expropiatorias, en atención a lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. En su virtud, y en aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 19.3 de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid, DISPONGO Primero Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa relativo al “Proyecto del tanque de tormentas en el emisario de Ajalvir-Daganzo, situado junto al aliviadero del Parque Empresarial de San Fernando de Henares”, en el término municipal de San Fernando de Henares, cuya relación detallada figura en el Anexo a esta Orden, siendo extensiva esta declaración, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a los bienes que pudieran verse afectados por los reformados posteriores al proyecto. Segundo Notificar a los interesados el lugar, día y hora en que han de comparecer para el levantamiento del acta previa a la ocupación. La relación de interesados, el Ayuntamiento y la fecha de convocatoria se detallan, asimismo, en el Anexo a esta Orden. Todos los interesados, así como las personas que, siendo titulares de derechos o intereses económicos directos sobre los bienes afectados, se hayan podido omitir en la relación, podrán, una vez publicada la relación y hasta el momento del levantamiento del acta previa, formular alegaciones por escrito, a los solos efectos de la subsanación de posibles errores que se hayan podido producir al relacionar los bienes y derechos afectados por la urgente ocupación. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno, Puerta del Sol, número 7, 28013 Madrid. En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso. ANEXO RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL “PROYECTO DEL TANQUE DE TORMENTAS EN EL EMISARIO AJALVIR-DAGANZO, SITUADO JUNTO AL ALIVIADERO DEL PARQUE EMPRESARIAL DE SAN FERNANDO DE HENARES”, A LA VISTA DE LAS COMPARECENCIAS HABIDAS EN EL PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA, SIN PERJUICIO DE LOS ERRORES QUE PUDIERAN EXISTIR Y QUE PODRÁN SUBSANARSE HASTA EL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN (ARTÍCULO 56 DEL REGLAMENTO DE EXPROPIACIÓN FORZOSA), CON EXPRESIÓN DE LA FECHA DE LA CONVOCATORIA PARA EL LEVANTAMIENTO DE LAS ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN Los datos personales contenidos en este documento serán tratados informáticamente en el fichero “Gestión recursos administrativos y contenciosos”, y podrán ser cedidos a los órganos jurisdiccionales, además de otras cesiones previstas en la Ley, todo ello de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 8/2001, de 13 de julio, de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el Secretario General Técnico de la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno, como responsable del fichero. La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos que se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada esta, no se hubiera podido practicar. Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lo relativo a las circunstancias que justifican declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados, se podrá interponer recurso de reposición ante el propio órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. En Madrid, a 16 de abril de 2009.—El Secretario General Técnico, Borja Sarasola Jáudenes. (01/1.620/09) |

