Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-05-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090511-0160

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 25 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 790 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Manuel Parra Pérez, contra la empresa “Restaurante y Cafetería La Cruz, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente providencia:

Diligencia.—En Madrid, a 3 de abril de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para dar cuenta a su señoría ilustrísima del estado de las presentes actuaciones.—Doy fe.

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña Soledad Fernández del Mazo.—En Madrid, a 3 de abril de 2009.

Visto el estado de las presentes actuaciones, procédase al archivo de las mismas, previa notificación a las partes y nota en el libro de registro correspondiente.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restaurante y Cafetería La Cruz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.593/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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